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Civil10 de mayo, 2026

Mi arrendatario no paga: cómo funciona la ley 'Devuélveme mi casa'

Recuperar una propiedad arrendada podía tardar años. La Ley 21.461 creó un procedimiento más rápido para cobrar rentas impagas y recuperar el inmueble. Te explicamos cómo opera y qué necesitas.

Pocas situaciones generan tanta impotencia como un arrendatario que deja de pagar y no se va. Durante años, los juicios de arriendo fueron sinónimo de demora, y muchos propietarios terminaban 'pagando' por recuperar lo propio. La Ley 21.461, conocida como 'Devuélveme mi casa', se dictó precisamente para acortar esos tiempos.

Qué permite la ley

  • Un procedimiento monitorio para el cobro de rentas y la restitución del inmueble: si el arrendatario no se opone fundadamente dentro de plazo, el tribunal ordena el desalojo sin un juicio largo.
  • La restitución anticipada del inmueble en casos calificados, sin esperar el final del juicio.
  • Mecanismos más ágiles para el lanzamiento (desalojo con auxilio de la fuerza pública) una vez ordenada la restitución.

La clave está en el contrato

El procedimiento funciona mejor cuando existe un contrato de arriendo escrito y bien redactado. Un arriendo 'de palabra' no impide demandar, pero complica la prueba y abre espacio a defensas dilatorias. Si arriendas propiedades, formalizar tus contratos es la inversión más rentable que puedes hacer.

Cómo te ayudamos

En Umbral Legal redactamos contratos de arriendo que te protegen desde el día uno, y cuando el arrendatario ya dejó de pagar, tramitamos la demanda monitoria para cobrar las rentas adeudadas y recuperar tu propiedad en el menor tiempo que el procedimiento permita. Atendemos propietarios de Linares, Talca y toda la región del Maule.

Este artículo es informativo y no constituye asesoría legal. Cada caso es distinto: consúltanos para una evaluación de tu situación particular.

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