Endeudarse más para pagar deudas antiguas casi nunca termina bien. La Ley 20.720 contempla procedimientos formales para que personas y empresas enfrenten la insolvencia de manera ordenada: renegociar, reorganizar o liquidar. Nuestro trabajo es decirte con honestidad cuál de esos caminos —o qué alternativa extrajudicial— conviene en tu caso.
Renegociación de la persona deudora
Es un procedimiento administrativo y gratuito ante la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento, pensado para personas naturales con deudas vencidas que ya no pueden pagar. Permite sentar a todos los acreedores en una misma mesa y acordar nuevas condiciones: plazos, rebajas de intereses e incluso condonaciones parciales, todo con efecto legal.
Reorganización simplificada para pymes
Si tu empresa es viable pero está ahogada por pasivos, la reorganización permite proteger la operación mientras se acuerda un plan de pago con los acreedores, evitando la quiebra de un negocio que todavía puede funcionar.
Liquidación voluntaria: empezar de nuevo
Cuando no hay viabilidad, la liquidación voluntaria —la llamada quiebra personal— permite cerrar el ciclo: se liquida el patrimonio embargable y las deudas restantes se extinguen, dando la posibilidad real de reemprender sin arrastrar la mochila para siempre.
Diagnóstico de viabilidad: el paso previo
Antes de iniciar cualquier procedimiento hacemos un diagnóstico conjunto con nuestro ingeniero comercial: números sobre la mesa, escenarios claros y una recomendación concreta. A veces la mejor salida es una renegociación extrajudicial directa con los acreedores; otras veces es el procedimiento formal. Te lo diremos sin rodeos.
Servicios de concursal que ofrecemos
- Renegociación de persona deudora (Capítulo V, Ley 20.720)
- Reorganización simplificada para PYMES
- Liquidación voluntaria
- Diagnóstico de viabilidad conjunto: evaluar si conviene reorganizar, liquidar o renegociar extrajudicialmente antes de litigar
El primer paso es saber dónde estás parado. Escríbenos por WhatsApp y agenda tu diagnóstico.